¿Qué son?
Son entes auxiliares de los hospitales y clínicas para mejorar la atención de la salud, el desempeño administrativo y financiero, así como la promoción de la participación ciudadana.
¿Cuál es su función?
El rol principal es de articular acciones entre los Centros de Salud a los que pertenecen y la comunidad a la cual representan, con la finalidad de mejorar la prestación de los servicios de salud.
Integrantes
Raúl Borge Blandón
Presidente
Teodora Hernández Viales
Vicepresidenta
Jorgen Obando Ulloa
Secretario
Julián Umaña Hernández
Vocal
Floribeth Murillo Jiménez
Vocal
María Elena Ordoñez
Vocal
Funciones de la junta de salud
- Mejorar la atención de la salud: Las juntas de salud pueden ayudar a mejorar la atención de la salud al proporcionar información y retroalimentación a los hospitales y clí También pueden ayudar a identificar y resolver problemas que afectan a la atención de los pacientes.
- Mejorar el desempeño administrativo y financiero: Las juntas de salud pueden ayudar a mejorar el desempeño administrativo y financiero de los hospitales y clínicas al realizar auditorías y revisiones. También pueden ayudar a identificar oportunidades de ahorro y eficiencia.
- Promover la participación ciudadana: Las juntas de salud promueven la participación ciudadana al proporcionar un foro para que los usuarios de los servicios de salud expresen sus opiniones y preocupaciones.
¿Quiénes las integran?
Las Juntas de Salud las integran siete personas: 2 representantes patronales, 3 asegurados de la CCSS y 2 representantes de asociaciones pro salud.
Requisitos para ser miembro:
- Ser mayor de edad.
- Ser costarricense o extranjero en condición regular con documento de identificación (cédula de identidad o DIMEX) al día y en buen estado.
- Ser asegurado de la CCSS, indistintamente del tipo de aseguramiento.
- Ser persona caracterizada por su honorabilidad.
- Residir y estar adscrito dentro del área de atracción del respectivo establecimiento de salud, de acuerdo con su nivel de complejidad.
- Disponer de tiempo para atender los compromisos que demande el nombramiento, para asistir a reuniones en tiempo ordinario y extraordinario, así como a actividades propias de la función.
- Estar al día en sus obligaciones con la CCSS.
- No haber sido declarado culpable de algún delito por sentencia penal en firme o haberse decretado medida cautelar privativa de libertad en contra del candidato o miembro de Junta de Salud.
¿Cómo se eligen?
Las elecciones se realizarán cada cuatro años, de conformidad con lo dispuesto por la Ley número 9280 del 27 de octubre del 2014 y en las fechas que apruebe la Junta Directiva
Toda persona asegurada, independientemente de su condición de aseguramiento, podrá emitir un voto por el candidato de su preferencia, según el sector al que pertenezca.